En mérito de la anterior exposición este Juzgado Décimo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por CARLOS ARQUIMEDES RIVERO VÁSQUEZ venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nro V-10.581.931, y en virtud de ello, DECLINA LA COMPETENCIA, a los Tribunales Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, para que conozcan la presente acción.