Visto igualmente que la transacción se hizo al término de la relación laboral, versa sobre los derechos litigiosos, dudosos o discutidos, consta por escrito, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, así como una discriminación de los conceptos pagados, que el apoderado judicial del actor tiene facultad expresa para transigir y recibir cantidades de dinero y el representante de la demandada LUIS ENRIQUE CAICEDO OROZCO, compareció asistido de abogado. En consecuencia, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa la transacción presentada, con autoridad de cosa juzgada con motivo del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano CARLOS MELIÁN CASTILLO contra la sociedad mercantil MULTISERV.....