Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado MANUEL MEZZONI RUIZ en fecha 5 de junio del 2014, en su calidad de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana ROSA MARINA ESPARRAGOZA, contra la providencia dictada el 27 de mayo del 2014, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por desalojo sigue la ciudadana SOFIA CHACÓN DE CASTRONOVO contra la ciudadana ROSA MARINA ESPARRAGOZA, en consecuencia, se REVOCA el auto dictado el 09 de junio del 2014 por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que oyó en un solo efecto la apelación señalada.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, dada l.....