Se dictó resolución mediante la cual se declaró INADMISIBLE la presente demanda por motivo de la PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD y la ACCIÓN MERO DECLARATIVO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO entre HOMERO DE JESUS DAVILA QUIARAGUA y AURA STELLA OLIVARES DE DAVILA, incoada por los ciudadanos AURA STELLA OLIVARES DE DAVILA y MARCOS ANTONIO DAVILA OLIVARES, contra los ciudadanos CARLOS DE JESUS DAVILA ALCALA, ERIK LESTER DAVILA ALCALA, KATHERINE DEL CARMEN DAVILA ALCALA y LISSETTE DEL VALLE DAVILA ALCALA, por encontrarnos en uno de los supuestos de inadmisibilidad de la acción de acuerdo a lo previsto en el artículo 341 del Código Adjetivo Civil, toda vez que existe en la demanda una indebida acumulación de pretensiones prohibido por la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 78 Eiusdem.-