Se dictó Resolución mediante la caul se DECLARA: PERECIDO el presente recurso de apelación interpuesto en fecha 11/11/2011, por la Abg. CARMEN MIERE BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.741, quien actúa en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EDISON GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.388.611, contra la sentencia dictada en fecha 09/11/2011, por el Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en la cual se declaró desistido el procedimiento de partición de la comunidad conyugal, intentado por el ciudadano EDISON GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.388.611