Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la oposición que formulara el ciudadano GIANCARLO NEPI LATUFF en fecha 01 de Noviembre de 2.007, a la medida de embargo ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Salmerón Acosta y Montes, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 14 de Agosto de 2.007, y se ordena la prosecución de la fase de ejecución de sentencia en el presente proceso.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.
TERCERO: Por cuanto .....