II
Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se niega la homologación del escrito transaccional y se deja constancia del Pago en la Oferta Real presentada por la entidad de trabajo Representaciones Capcana 2006, C.A., a favor del ciudadano Rubim Freizer Almeida Hernández, suficientemente identificados en autos, con la cual se pagó la cantidad de Novecientos Setenta y Ocho Mil Quinientos Once Bolívares con 79 céntimos (Bs. 978.511,79), por prestaciones sociales, tal como se detalló en la parte motiva de la presente decisión. Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la pres.....