Se declaró CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la separación de cuerpos de los ciudadanos LEONARDO JAVIER GUEVARA ZAMBRANO y LILIA DAYANA OLIVO ALFONSO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-14.276.930 y V-12.952.757, respectivamente. En consecuencia quedó disuelto el vínculo matrimonial que los unía; asimismo se homologaron las Instituciones Familiares, conforme a los previsto en los artículos 349 y 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes tal y como lo acordaron las partes en su escrito de solicitud.