Por lo antes expuesto, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la impugnación de la experticia complementaria ejercida por la parte demandada y determina que el monto total a pagar al ciudadano GILBERTO HERNANDEZ ROZO, plenamente identificado en autos por la empresa AUTOMOTRIZ MABER, C.A., es la cantidad de CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE BOLIVARES FUERTES CON 94/100 (Bs.F. 102.812,94), de acuerdo a los diferentes conceptos señalados en el cuerpo de este informe.