Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR, la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana YOHALY ELENA CARRERO PABON, anteriormente identificada, en representación legal de su hija, SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, contra el ciudadano FRANCISCO RAFAEL HERNANDEZ. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de 0,48 salarios mínimos urbanos, es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00),