DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado DAVID QUINTERO IPSA N 117.996, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JHONY JOSÉ QUINTERO PARRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.817.157, contra la sentencia de fecha 11 de octubre de 2016, dictada por el Tribunal Noveno (9°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se confirma la decisión apelada. TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación de las partes. QUINTO: Se ordena remitir copia de la presente decisión a la Procuradora General de la República.