"...PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana YEANETTE CONDE REYES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.523.751, a favor de sus hijos, los adolescentes ..., de trece (13) y doce (12) años de edad, respectivamente, y en contra del ciudadano DAVID ASARÍAS GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.060.796, de conformidad con el literal "c" del artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: El ejercicio de la Patria Potestad sobre los adolescentes de marras se le atribuye exclusivamente a la ciudadana YEANETTE CONDE REYES, por lo que de conformidad con el artículo 348 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la misma ejerce la responsabilidad de crianza, la representación y la administración de los bienes de los mencionados adolescentes.
TERCERO: Que de conformidad con lo acordado en e.....