este Juzgado duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el acuerdo suscrito entre las partes, dándole efectos de COSA JUZGADA.