Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la prescripción de la acción opuesta por la parte demandada, ciudadana GLADYS MERCEDES MÁRQUEZ. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de junio de 2016, por los abogados JHONNY VARGAS LÓPEZ y MICHEL BURGOS GÓMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 122.219 y 122.284, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadanas; HIRMA GONZÁLEZ y LEONZA GONZÁLEZ, contra la sentencia dictada el 17 de mayo del 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Ven.....