UNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar planteada por los abogados YARITZA BETANCOURT, CARLOS CASTILLO, VISMARK RODRIGUEZ, ARTURO BLANCO y RONALD CASTILLO, inscritos en el IPSA bajo los Nos. 232.607, 23034, 195.573, 196.301 y 201.161, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano LEONARDO ARTURO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.304.754, en contra de la Providencia Administrativa dictada en el expediente No. 079-2015-01-01826, de fecha 29-08-2016, por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante la cual se declaró CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Falta incoada por el ciudadano WILDER MARQUEZ ROMARO, INPREABOGADO No. 145.571, actuando en su calidad de apoderado judicial de NESTLE DE VENEZUELA S.A.
Se deja constancia que el lapso – cinco (5) días de despacho – para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día d.....