En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Procedente en Derecho la pretensión contenida en la demanda ejercida por el ciudadano Gilberto de Jesús Silva Castillo, contra los ciudadanos Luisa Lusinchi de Hernández y Marco Antonio Hernández, por cumplimiento de Contrato. Por lo tanto, se condena a los promitentes vendedores a vender el inmueble objeto del negocio jurídico celebrado en fecha 7 de noviembre de 2008, ante la Notaría Pública Trigésima Sexta del Municipio Libertador, bajo el Nº 40, tomo 151 de los libros respectivos, y efectuar la entrega del apartamento situado en el Edificio Maritony, ubicado en la Urbanización San Bernardino, Avenida Galipán, Manzana E, Planta Baja, Nº 3-A, Parroquia San Bernardino, Caracas.