Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoaran los ciudadanos NELSON JESÚS GONZÁLEZ VILLAMEDIANA y MARÍA FERNANDA RODRIGUEZ DE GONZÁLEZ contra los ciudadanos ISABEL BOHÓRQUES DE GONZÁLEZ Y LUÍS EFRAIN GONZÁLEZ DÍAZ, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se NIEGA la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno y casa quinta edificada sobre ella, denominada "MAMI", situada en la Urbanización Cumbres de Curumo, Municipio Baruta del Estado Miranda (Área Metropolitana de Caracas), casa Nº 957, manzana novena (9), avenida Cordillera de la Costa, Caracas.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay espec.....