En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos JESUS MANUEL BRICEÑO FERNANDEZ e IDALIA DUARTE DE BRICEÑO, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 4 de noviembre de 1988, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital), tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio nº 347, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1988.
Liquídese la comunidad de gananciales.
Ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Antimano del Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principa.....