-III-
Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 009, inserta en el libro de Registro Civil de actas de Matrimonio, llevado por el Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, correspondiente a los ciudadanos WALID ISSA SALIM HABIBEH y ELIZABETH CELINA PEREIRA FERREIRA. Teniendo que en los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el Acta de Matrimonio de los ciudadanos anteriormente identificado, en cuanto a la nacionalidad del ciudadano WALID ISSA SALIM HABIBEH. En consecuencia, donde.....