Por las razones antes expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por la ciudadana GINA PATRICIA MORA MARQUEZ.
PRIMERO: Disuelto el vínculo matrimonial, contraído en fecha 15 de junio de 2018, ante el Registro Civil de la parroquia Juan Rodríguez Suárez del Municipio Libertador del Estado Mérida, según acta de matrimonio N° 42 del año 2018, de los ciudadanos GINA PATRICIA MORA MARQUEZ y NESTOR JOSE RODRIGUEZ CONTRERAS.
SEGUNDO: Líbrense sendos oficios dirigidos al Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez del Municipio Libertador del Estado Mérida, al Registro Principal del Estado Mérida, conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anexándoles copias certificadas de la presente decisión y del auto .....