Por todo lo anteriormente expuesto, este juzgado considera que no logró la parte actora recurrente traer a la convicción del mismo la ocurrencia de un hecho que justifique su incomparecencia a la audiencia preliminar, y que por tanto, constituya un caso fortuito o de fuerza mayor; y por ello, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado 45° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 29 de junio de 2011, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Desistido el procedimiento y terminado el proceso, por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesto por MARIA EU.....