En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil Textiles Gams, C.A. (ahora Sociedad Mercantil Ovejita, C.A.), contra el acto administrativo Nº 0086-2012, e, informe pericial Nº 0141612, de fechas 13/08/2012, ambos emanados de la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas (DIRESAT), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).