-VI-
-DISPOSITIVA-
Por las razones anteriormente expuestas ESTE JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido, en fecha 3 de noviembre de 2004, por el abogado FRANCISCO RAMOS PÉREZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la actora, sociedad mercantil CONSTRUCTORA VILLANOVA, C.A., en contra de la sentencia, dictada, en fecha 29 de octubre de 2004, por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda revocada en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada en fecha 11 de junio de 2004, por los abogados FRANCISCO RAMOS PÉREZ y TIBISAY BLANCO.....