En mérito de las anteriores consideraciones, esta Corte Superior Primera del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado GUILLERMO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.514, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SEMIRAMIS MARIA VALOR CORTEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.893.655, contra Juez Unipersonal V de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Dra. JURAIMA JAUREGUI ARAQUE.