Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda Diferencia de Prestaciones Sociales, y Otros Conceptos Laborales; interpuesta por la ciudadana ANGELA ZORAIMA ONTIVERO MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº 17.488.705, contra el BANCO DEL ALBA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dado a los privilegios y prerrogativas otorgados a la República TERCERO:. Se ordena la notificación de las partes, debido a que esta sentencia, esta siendo pronunciada fuera del lapso legal establecido, y una vez conste en autos las notificaciones ordenas, comenzará a transcurrir el lapso de cinco (5) días hábiles para el ejercicio de los recursos legales pertinentes,
Se ordena la notificación de la presente decisión a la Procuraduría General de la República según el Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
CUMPLASE, REGISTRASE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISION.
Dada, sellada y firmada en.....