DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demandada que sigue JOSE EDUARDO VEGA BELLO y AURA ISOLINA VIVAS ESCALANTE contra LOURDES E. DELGADO SEGOVIA, ambas partes identificadas en autos por Resolución de Contrato de Arrendamiento; como consecuencia de ello se declara: PRIMERO: Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 11 de abril de 2003, y en consecuencia se ordena hacer Entrega Material, real y física del siguiente bien inmueble: Un apartamento, distinguido con el numero y letra 7-B, del Edificio Residencias "Alto Caroní", ubicado en la planta 7ma del referido Edificio, ubicado en la Urbanización Bello Monte, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital, libre de biene.....