PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE la apelación interpuesta por la ciudadana MARIBEL DE JESUS PEREZ DIAZ, mediante la cual solicita se le impongan al ciudadano LORENZO CRISTOBAL VARAS NORIEL, nuevamente las medidas previstas en los ordinales 3° y 6° del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las cuales fueron revocadas en fecha 22 de septiembre de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial y Sede, solicitando igualmente se le acordaran las medidas cautelares contenidas en el artículo 92 ordinales 2, 3, 6 y 7 de la misma Ley Especial.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en los artículos 24 constitucional, 115 al 118 y la DISPOSICIÓN DEROGATORIA QUINTA de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en armonía con la Resolución signada bajo la nomenclatura 2007-0053, de fecha 12 de dic.....