En el día de hoy 21/10/2009, esta Sala de Juicio RATIFICA la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal "i" y 128 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de la niña SE OMITEN DATOS, en el hogar de su tía materna ciudadana PETRA ANTONIA GONZALEZ DE INOJOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.550.038, en su residencia ubicada: Sector Brisas del Paraíso, Avenida Guzmán Blanco, casa No. 40 de la Cota 905, Municipio Libertador, Caracas.