Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra sentencia dictada por el Juzgado 13° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial de Trabajo de fecha 11/08/2010. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente en contra de la sentencia dictada por el Juzgado 13° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial de Trabajo de fecha 11/08/2010. TERCERO: Se revoca el fallo recurrido y se ordena al Juzgado 13° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial de Trabajo, fijar fecha y hora para la celebración de la audiencia preliminar; una vez reciba el presente expediente, sin necesidad de notificación de las .....