este Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento manifestado por la parte actora así mismo HOMOLOGA el consentimiento a dicho desistimiento manifestado por la parte demandada y produciendo los mismos los efectos de la cosa juzgada. En consecuencia, se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. A petición de la parte demandada, se ordena la devolución del escrito de pruebas y sus recaudos, y finalmente se deja sin efecto la prolongación de la audiencia preliminar fijada para el día de hoy, viernes 21 de octubre de 2011 a las 8:30 a.m. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201º
La Juez,
Abog. Carmen Leticia Salazar B.
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