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DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: EXTINTA la obligación dineraria de pagar las cantidades adeudadas con ocasión del crédito hipotecario distinguido con el No. 031-561800-1, otorgado por la entidad financiera "FONDO COMÚN, C.A., BANCO UNIVERSAL", a la ciudadana SORANGEL SOLEDAD URBINA, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del estado Miranda, en fecha 19 de julio de 2000, quedando anotado bajo el No. 13, folio 97 al 107, Protocolo 1°, Tomo 3, Tercer Trimestre del año 2002.
SEGUNDO: En virtud de la naturaleza de presente fallo, no hay condenatoria en costas.
Déjese copia c.....