Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: ÚNICO: Se declara con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA formulada por por la ciudadana DOHANYS MELVIS ASUAJE, en su condición de Fiscal Auxiliar Interina adscrita a la Unidad de Depuración Inmediata de Casos del Ministerio Público del Área Metropolitana, por las denuncias presentada por las ciudadanas Y.C (Se omite identidad), titular de la cédula de identidad Nº V-12.485.719 y E.O (Se omite identidad), titular de la cedula de identidad Nº V- 14.535.036, en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS SANCHEZ y VERONICA FERNANDEZ (no se aportaron más datos de identificación). Notifíquese a la Unidad de Depuración Inmediata de Casos del Ministerio Público del Área Metropolitana.