Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre bienes propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil PROCESADORA DE PRODUCTOS DEL MAR-PROMARCA, C.A., sociedad debidamente registrada ante el Registro Mercantil Séptimo del Distrito Capital, bajo el No. 9, Tomo 70-A, en fecha 02 de julio de 2010, según expediente No. 225-8852, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON TRES CENTIMOS (Bs. 2.265.661,03), que incluye el doble de la suma demandada, más la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 251.740,11), por concepto de costas calculadas por este tribunal en un veinticinco por ciento (25%), con la advertencia que si la ref.....