DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO RICARDO GARCÍA de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 26-12-82 de 24 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de ROSARIO PACHECO: (V) y JAIME GARCÍA (V), residenciado en avenida fuerza armada esquina san enrique edificio Lourde, piso 3 apartamento 9, y titular de la Cédula de identidad V-15.342.465, la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo previsto en los artículo 250 ordinales 1, 2 y 3, del Código Orgánico Procesal Penal, así como el peligro de fuga previsto en el artículo 251 ordinales 2 y 3, y el parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delit.....