D I S P O S I T I V O
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados, Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 14 de julio de 2.006, por el co-apoderado judicial de la parte actora, abogado RAFAEL MILANÉS, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de julio de 2.006.
SEGUNDO: Improcedente el pedimento de actualización de experticia complementaria del fallo, solicitado por el co-apoderado judicial de la demandante INMOBILIARIA E IMPORTADORA MILA C.A., en su escrito de fecha 27 de junio de 2.006.
TERCERO: Se ratifica en todas y cada una de s.....