"...este Tribunal Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se abstuvo de practicar la medida de Embargo Ejecutivo y declara practicada la medida de Entrega Material y coloca el inmueble objeto de la presente medida libre de bienes y personas en posesión de la parte ejecutante apoderada judicial abogada GLELIESID MIJARES GONZALEZ, suficientemente identificada en autos e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°106.840, quien aceptó conforme en nombre de su representada".