Este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. JUEZ UNIPERSONAL No. XII, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena por vía SUMARIA y de conformidad al artículo 773 del Código de Procedimiento Civil la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de los Libros de Registro Civil de Nacimientos correspondientes al año 1.990 de la siguiente manera: En la partida de nacimiento de la adolescente , la cual corre inserta en los Libros de Registro de Nacimientos del Registro Civil de Nacimientos de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotado bajo el No. 498, correspondiente al año 1.990 de los libros llevados por dicho organismo, donde omitieron el lugar de nacimiento de la adolescente, la cual fue la ciudad de Caracas, Distrito Capital. En consecuencia, líbrese oficio anexo a las respectivas copias cer.....