SE DÍCTÓ RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE DECLARÓ SIN LUGAR la presente acción de GUARDA interpuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO HERNANDEZ BRACAMONTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 15.179.557, actuando en su carácter de padre y representante legal de su hijo -----------, debidamente asistido por la abogada MARIA CELESTE DE CASTRO PETIZ, Defensora Pública Quinta del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en contra de la ciudadana SANDRA LILIANA MACHUCA RUIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 20.802.673. En consecuencia, se mantiene en el ejercicio de la guarda del niño -------------------, a su progenitora SANDRA LILIANA MACHUCA RUIZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.802.673, respetando el derecho del niño a mantener contacto con su progenitor no guardador y los miembros de su familia paterna. .....