PRIMERO: Se ADMITE en todas y cada una de sus partes la Acusación presentada por el Representante del Ministerio Público en contra de Los ciudadanos: IDENTIDAD OMITIDA; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y, ROBO GENERICO EN GRADO DE COMPLICIDAD INMEDIATA, previsto en el artículo 455, en concordancia con el artículo 84 Ibidem, y para IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de ROBO GENERICO CONTINUADO, previsto en el artículo 455 en concordancia con el artículo 99 del Código Penal vigente para el momento de la comisión de los hechos y Por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, contenido en el artículo 218 numeral 3 ejusdem., por considerar que la misma reúne los requisitos formales para su validez, fundamentando esta admisión además en que, de los actos de investigación aportados en la misma dimana razonablemente una alta posibilidad que han ocurrido los hechos tal y como han sido narrados por la Representación Fiscal, y que además los jóvenes acusados pudie.....