Se declaró CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ALEXIS JOSE DURAN MARTINEZ y JULISSA JOSEFINA BERMUDEZ OLIVERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.644.933 y V-9.792.407, respectivamente. En consecuencia se declaró disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos. Asimismo en aplicación de lo establecido en los artículos 349 y 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referido a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar; se ratificó y homologó los acuerdos de las partes.