Declara:
1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada en el juicio interpuesto por el ciudadano RUBÉN EDUARDO RAMOS MARTÍNEZ contra las entidades de trabajo denominadas «INTEGRAL FISIOTERAPIA COMPAÑÍA ANÓNIMA», «CORPORACIÓN VERSACORP COMPAÑÍA ANÓNIMA» y en forma personal contra el ciudadano GIOVANNI VITALE ARATO, ambas partes debidamente identificadas en los autos.
2°) No hay condenatoria en costas en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el MARTES DIECISÉIS (16) DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018). Año 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ,
CARLOS .....