declara INADMISIBLE la pretensión de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, deducida conjuntamente con la acción de Desalojo, por la ciudadana Amalia Enriqueta Ovalles de Borges, en contra del ciudadano Jesús María Pinzón, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 78 ejúsdem