DISPOSITIVA
Por antes expuesto, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensora pública, abogada del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), imputado de la comisión de los delitos SECUESTRO BREVE EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el artículo 83 del Código Penal y ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal, contra el decreto de detención preventiva decretado en fecha 12 de diciembre de 2016, no evidencia esta alzada la violación de garantías constitucionales ni legales que hagan revocar la decisión impugnada, la juez actuó dentro del marco de la legalidad, preservando el debido proceso y la tutela judic.....