Asimismo, este Tribunal ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, mediante oficio de acuerdo con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en tal sentido, transcurrido el lapso de 08 días hábiles, contados a partir de la consignación en el expediente de la respectiva constancia, se tendrá por notificada a la Procuraduría General de la República, a los fines de que se inicien los lapsos para la interposición de los recursos a que haya lugar. Líbrese oficio.-