Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra decisión de fecha 20-02-2018, emanada del Juzgado (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada, con diferente motivación. TERCERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano WALTER GUERRERO contra la entidad de trabajo TASCA LA QUINTANA.C.A. CUARTO: No hay condenatoria en costas