Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente querella interpuesta por las abogadas MARIANNA BOZA MORÁN y LYNNE GLASS, antes identificadas, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano JESÚS GUILLERMO BIOZA RAMÍREZ, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-1.895.408, contra el TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.