Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos: KARELYS MARGARITA MANZANILLA TORRES y HENRY JOSÉ CHACÓN GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.616.089 y V-15.313.760, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en de fecha 30 de octubre de 2009, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 0150, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2009.
Expídanse copias certificadas de la pre.....