-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los RONALD ORLANDO ROMERO y MARIANA ALEJANDRINA MARRON DE BARROS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-14.194.152 y V-7.960.010, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 04 de febrero de 2004, expedida por el Registro Civil, del Municipio El Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el 009, del libro de matrimonios correspondiente al año 2004, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente de.....