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Decisiones del dia 22/05/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AC22-R-06-324 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2008
Procedimiento:
Demanda
Partes:
CANTV CONTRA AUTO DE FECHA 26-06-06 EMANADO DEL JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
Resumen:
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN con motivo recurso de hecho contra auto de fecha 26 de junio de 2006, emanado del Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio del trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la solicitud de revocatoria por contrario imperio del auto dictado en fecha 15-06-2006; SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado de fecha 26 de junio del 2006, el cual NEGÓ el Recurso de Apelación por contrario imperio, del auto de fecha 15 de junio de 2006. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo. Se ordena la notificación de.....
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
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N° Expediente : AP22-L-7-5 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2008
Procedimiento:
Demanda
Partes:
RAMIRO ANTONIO CARREÑO CONTRA CADAFE
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de la parte actora en contra del auto de fecha 23-04-02, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, SEGUNDO: Se ordena al Juzgado a-quo solicitar al Banco Central de Venezuela un informe sobre el índice inflacionario acaecido en el país, entre la fecha de la introducción de la demanda, es decir, 08-10-1991 y la ejecución del fallo, a fin de que este índice se aplique sobre el monto que en definitiva corresponda pagar al trabajador, es decir, sobre la suma condenada en la sentencia definitivamente firme de Bs. 2.350.367,15. TERCERO: Se revoca el auto recurrido; CUARTO: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo. Se ordena la notificación.....
Juez/Ponente:
Greloisida Ojeda
Organo:
Juzgado Octavo Superior Del Trabajo
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