En virtud de los elementos contentivos en el expediente, revisadas las actas procesales, y oída la exposición de la recurrente, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 13/07/2013 emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo con diferente motivación. TERCERO: SIN LUGAR la demanda por prestaciones sociales, incoada por la ciudadana: MAIRA YERLIN GUTIÉRREZ ORTEGA contra: JARDINES EL CERCADO, C.A, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. CUARTO: No hay condenatoria en costas.